Mediante oficio debe solicitar formalmente un pago adicional, aportando oficio de levantamiento de la medida cautelar expedido por el juzgado de conocimiento, con el fin de verificar si los dineros reposan en la entidad por presentar rechazo al momento de la transacción o si ya fueron girados en la cuenta de depósitos judiciales del juzgado. En este último evento, se le informará para que proceda a dirigirse al juzgado que ordenó la medida de embargo y solicitar los títulos.
¿Cómo se solicita la devolución de los dineros descontados por concepto de embargo, si la medida está levantada?
Mediante oficio debe solicitar formalmente un pago adicional, aportando oficio de levantamiento de la medida cautelar expedido por el juzgado de conocimiento, con el fin de verificar si los dineros reposan en la entidad por presentar rechazo al momento de la transacción o si ya fueron girados en la cuenta de depósitos judiciales del juzgado. En este último evento, se le informará para que proceda a dirigirse al juzgado que ordenó la medida de embargo y solicitar los títulos.