Atendiendo a la Sentencia SU070 proferida por el Consejo de Estado el 13 de febrero de 2013, la Secretaría de Educación debe registrar en el Aplicativo Humano la novedad 12 (retiro) causal 45 (embarazo) para que la educadora pueda al servicio médico. Adicionalmente, el pago de la licencia de maternidad, así como los costos que ocasiones la prestación del servicio médico, será asumido por la Secretaría de Educación.
¿Para garantizar la prestación del servicio médico de la docente retirada en estado de embarazo, cómo debe se debe registrar la novedad de retiro?
Atendiendo a la Sentencia SU070 proferida por el Consejo de Estado el 13 de febrero de 2013, la Secretaría de Educación debe registrar en el Aplicativo Humano la novedad 12 (retiro) causal 45 (embarazo) para que la educadora pueda al servicio médico. Adicionalmente, el pago de la licencia de maternidad, así como los costos que ocasiones la prestación del servicio médico, será asumido por la Secretaría de Educación.