Es responsabilidad de las Secretarias de Educación certificadas el ingreso de la información de los docentes en el Aplicativo Humano tan pronto se posesionan, a fin de garantizar la prestación del servicio médico al educador; de acuerdo con lo determinado en el Decreto 3752 de 2003, (Art. 1 Parágrafo 1 “La falta de afiliación del personal docente al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio implicará la responsabilidad de la entidad territorial nominadora por la totalidad de las prestaciones sociales que correspondan, sin perjuicio de las sanciones administrativas, fiscales y disciplinarias a que haya lugar “.
¿De quién es la responsabilidad de la afiliación de los docentes a FOMAG?
Es responsabilidad de las Secretarias de Educación certificadas el ingreso de la información de los docentes en el Aplicativo Humano tan pronto se posesionan, a fin de garantizar la prestación del servicio médico al educador; de acuerdo con lo determinado en el Decreto 3752 de 2003, (Art. 1 Parágrafo 1 “La falta de afiliación del personal docente al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio implicará la responsabilidad de la entidad territorial nominadora por la totalidad de las prestaciones sociales que correspondan, sin perjuicio de las sanciones administrativas, fiscales y disciplinarias a que haya lugar “.